Operación de PC Trust simplificada para desastres naturales

Con el fin de contribuir a la atención oportuna de la población y la mitigación de los efectos de fenómenos naturales perturbadores, se habrá simplificado el funcionamiento y desarrollo del Fideicomiso de Protección Civil para la Atención de Desastres Naturales y otros Reclamos del Estado de Veracruz para su reglamento y funcionamiento.

Guadalupe Osorno Maldonado, Secretaria de Protección Civil, emitió las Reglas Operativas que tienen como objetivo regular el acceso a los recursos del Fideicomiso, de acuerdo con los principios de oportunidad y transparencia de acuerdo con los parámetros y procesos definidos que regulan cada uno de los procedimientos.

Se espera que una vez emitida una Declaración de Emergencia y en el caso de que la Secretaría de Protección Civil considere insuficientes los suministros autorizados por la Dirección General de Gestión de Riesgos de la Coordinación Nacional de Protección Civil (DGGR), se solicitará a la Secretaría Técnica que llame a Sesión Extraordinaria del Comité Técnico para votar la asignación de recursos para la adquisición de insumos que se requieran de acuerdo a las necesidades, criterio de racionalidad, proporcionalidad que marca la normativa aplicable para la adquisición de insumos.

Las Normas señalan que los procesos de acceso, autorización y seguimiento de recursos podrán realizarse con el apoyo de los medios, tecnologías y sistemas disponibles, en los términos de las disposiciones aplicables.

Los daños que serán cubiertos por el Fideicomiso por fenómenos naturales perturbadores que pueden ocasionar emergencias y / o desastres naturales son geológicos como avalancha, erupción volcánica, caída de ceniza volcánica, hundimiento, tsunami, movimiento de taludes, lahar, ola extrema, terremoto, hundimiento y tsunami.

Además de los fenómenos meteorológicos: granizo severo, huracán, inundación fluvial, inundación pluvial, lluvia severa, nevadas severas, sequía severa, tormenta tropical, tornado, vientos fuertes, oleaje, marejada ciclónica, ola de calor e incendio forestal.

Los daños derivados de cualquier otro fenómeno natural perturbador no previsto en la normativa o situación meteorológica excepcional o extraordinaria, con características similares a los fenómenos antes mencionados, también podrán ser cubiertos, según el origen, periodicidad y gravedad del daño, siempre que Se cumple con el procedimiento establecido en las Normas Operativas.

Las obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal aprobadas en el marco de los Lineamientos Específicos de Operación serán financiadas con cargo al patrimonio para atender los daños causados ​​por fenómenos naturales perturbadores.

Financiar la adquisición de materiales, insumos, bienes y suministros, así como los servicios y arrendamientos de maquinaria específica que se requiera en las etapas de prevención, emergencia y reconstrucción provocadas por la ocurrencia de fenómenos naturales perturbadores.

El remanente del patrimonio fiduciario que le corresponda podrá ser utilizado para financiar acciones de prevención y mitigación, las cuales podrán ser aplicadas para financiar la contraparte del Estado de Veracruz.

Y los honorarios fiduciarios estarán a cargo de los productos financieros que se generen a partir de la inversión que realice el fiduciario del capital fiduciario.

En los términos establecidos, la Secretaría de Protección Civil remitirá a la Dirección General de Gestión de Riesgos de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de insumos para el cuidado de la población en los municipios declarados.

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